La DIAN explicó a los colombianos en el exterior las normas que determinan cuándo deben declarar impuestos en Colombia. Si usted es colombiano o un extranjero con bienes en Colombia, esta nota le interesa, pues le da una guía práctica de si debe tributar o no en el año fiscal en curso según la DIAN, entidad nacional dedicada a la recaudación de impuestos. ¡Entérese si esta información es o no para Usted!
En un conversatorio virtual organizado específicamente para los connacionales colombianos residentes en el exterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) abordó las principales dudas sobre el impuesto sobre la renta para el año gravable 2024 (último año gravable y contable en el país sudamericano).
El evento, de gran interés para los migrantes colombianos en países como Reino Unido, contó con la presencia de Express News, que en este artículo aborda los puntos más relevantes tratados por los expertos tributarios de la DIAN: Luis Felipe Guarnizo López, Víctor García y Felipe Cárdenas, encargados de compartir la información relevante sobre el tema.
Criterios de residencia fiscal e impuestos según la DIAN para colombianos en el exterior
La charla, dividida en tres segmentos clave, inició con el fundamental concepto de residencia fiscal, definido en el artículo 10 del Estatuto Tributario. Se explicó que ser residente fiscal en Colombia no depende necesariamente de la nacionalidad, sino que se determina por tres criterios principales:

1.- Permanencia: estar más de 183 días (continuos o discontinuos) dentro de un período de 365 días consecutivos en el territorio nacional. Este criterio aplica por igual a colombianos y extranjeros.
2.- Servicio Exterior: pertenecer al servicio exterior colombiano (diplomáticos) y estar exento de tributar en el país de la misión en virtud de convenios internacionales como los de Viena. Este estatus se extiende al núcleo familiar del diplomático.
3.- Centro de Intereses Vitales: un criterio que aplica exclusivamente, a los nacionales colombianos. Un connacional será considerado residente fiscal, incluso viviendo en el exterior, si cumple con ser nacional y al menos una de seis condiciones, como que su cónyuge o hijos menores dependientes tengan residencia fiscal en Colombia, que más del 50 % de sus ingresos globales sean de fuente nacional, o que más del 50 % de sus activos estén poseídos o administrados desde el país.
Consecuencias de la Residencia Fiscal
La clave de esta clasificación radica en la base gravable. Los residentes fiscales en Colombia tributan por el principio de renta mundial; es decir, deben declarar y pagar impuestos sobre la totalidad de sus ingresos, sin importar si la fuente está en Colombia o en el extranjero.
Por el contrario, los no residentes fiscales solo están obligados a tributar en Colombia por sus ingresos de fuente nacional, definidos en el artículo 24 del Estatuto Tributario.
¿Cuándo debe declarar un no residente?
Para los no residentes fiscales, la obligación de presentar la declaración de renta surgen cuando se cumplen dos condiciones acumulativas: que los ingresos de fuente nacional obtenidos en el año gravable 2024 superen los $65 891 000 (equivalente a 1.400 UVT) y que sobre la totalidad de esos ingresos no se haya practicado la retención en la fuente prevista en los artículos 407 a 409 del Estatuto Tributario.

Si solo una parte de los ingresos tuvo esta retención, el contribuyente sí está obligado a declarar. Es crucial destacar que para un no residente, el solo hecho de tener patrimonio (como propiedades) en Colombia no genera por sí mismo la obligación de declarar renta.
DIAN impuestos colombianos en el exterior: Convenios internacionales para evitar la doble tributación
Los residentes fiscales declaran en el formulario 210, mientras que los no residentes obligados a declarar deben utilizar el formulario 110. La DIAN también destacó la importancia de los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI), instrumentos internacionales que Colombia ha suscrito con países como España, México, Canadá, Reino Unido, entre otros.
Estos convenios ayudan a prevenir que un mismo ingreso sea gravado dos veces, estableciendo reglas claras para determinar en qué país se debe pagar el impuesto y mecanismos como el crédito tributario (descontar el impuesto pagado en el exterior del impuesto nacional) o la exención.
La DIAN puso a disposición de los contribuyentes el micrositio especializado de renta en su página web (www.dian.gov.co) para complementar esta información y acceder a guías detalladas y videos explicativos. Con esta iniciativa, la entidad busca brindar certeza jurídica y facilitar el cumplimiento voluntario por parte de los colombianos en el exterior de sus obligaciones tributarias, un segmento de contribuyentes de gran importancia para la economía nacional.
